Terrorismo vs derechos humanos
El consejo de seguridad de la ONU aprobó el día ocho de Octubre, la resolución 1566, titulada “Threats to international peace and security caused by terrorist acts” (Amenazas a la paz y seguridad internacional causadas por actos terroristas). Esta resolución, está redactada en términos muy vagos y difusos, muy en la linea del doble lenguaje que está tan en boga entre los pensadores más conservadores. Según Amnistía Internacional, la resolución “socavaría gravemente los derechos humanos, entre ellos el derecho a la libertad de expresión y de religión.” El punto número dos de la resolución indica:
Según Amnistía Internacional, esta formulación es tan amplia que defensores de los derechos humanos o activistas políticos pacíficos pueden convertirse fácilmente en víctimas de las medidas que propugna la resolución. Porque además, en su introducción se indica que las medidas que tomen los estados “deben” cumplir los acuerdos y leyes internacionales sobre derechos humanos, pero no se “exige”, dejando el tema casi como un corolario secundario.
Esto es realmente grave. Las actuales definiciones de “terror” y “terrorismo” son tan difusas, que esta resolución puede dar “carta blanca” para acusar de terrorismo (con la bendición de la ONU) a todo aquel que esté en contra (mediante pensamiento, palabra u obra) de la política de “guerra perpetua contra el terror”.
Nuestro gobierno, como miembro del consejo de seguridad, se ha dado por satisfecho (y hasta se ha puesto alguna medalla) con la inclusión de un párrafo que llama a la “Alianza de Civilizaciones” y otro a la “solidaridad con las víctimas”, pero ha obviado, o peor, ni siquiera se ha percatado de la puerta abierta que se han dejado.
Las leyes internacionales entran aun más en el difuso mundo de la interpretación por parte de los estados. De camino a la policía del pensamiento.
“2. Calls upon States to cooperate fully in the fight against terrorism, especially with those States where or against whose citizens terrorist acts are committed, in accordance with their obligations under international law, in order to find, deny safe haven and bring to justice, on the basis of the principle to extradite or prosecute, **any person who supports, facilitates, participates or attempts to participate in the financing, planning, preparation or commission of terrorist acts or provides safe havens.**”
Por lo tanto, pide a los Estados que pongan en manos de la justicia o extraditen a toda persona que apoye, facilite o incluso intente participar en la planificación o preparación de actos terroristas. Según Amnistía Internacional, esta formulación es tan amplia que defensores de los derechos humanos o activistas políticos pacíficos pueden convertirse fácilmente en víctimas de las medidas que propugna la resolución. Porque además, en su introducción se indica que las medidas que tomen los estados “deben” cumplir los acuerdos y leyes internacionales sobre derechos humanos, pero no se “exige”, dejando el tema casi como un corolario secundario.
Esto es realmente grave. Las actuales definiciones de “terror” y “terrorismo” son tan difusas, que esta resolución puede dar “carta blanca” para acusar de terrorismo (con la bendición de la ONU) a todo aquel que esté en contra (mediante pensamiento, palabra u obra) de la política de “guerra perpetua contra el terror”.
Nuestro gobierno, como miembro del consejo de seguridad, se ha dado por satisfecho (y hasta se ha puesto alguna medalla) con la inclusión de un párrafo que llama a la “Alianza de Civilizaciones” y otro a la “solidaridad con las víctimas”, pero ha obviado, o peor, ni siquiera se ha percatado de la puerta abierta que se han dejado.
Las leyes internacionales entran aun más en el difuso mundo de la interpretación por parte de los estados. De camino a la policía del pensamiento.
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